Comunicado Oficial

Comunicado de Ley 6809/2021

Con referencia a la exoneración de sanción de inhabilitación de cuenta corriente.

BANCO ATLAS S.A. INFORMA

 Recordamos a los clientes que operan en cuenta corriente, dedicados a los sectores gastronómicos, eventos, hotelero, agencias de turismo y entretenimientos, como así también los trabajadores independientes formales y las empresas unipersonales que realicen una actividad económica relacionada con la prestación de servicios a las empresas dedicadas a dichos sectores, que los artículos 18 y 19 de la Ley N° 6809/2021 de fecha 8 de setiembre de 2021, disponen como medida excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2021, la exoneración de la aplicación de la sanción de inhabilitación de cuenta corriente bancaria prevista en las Leyes Nºs. 805/96 y 3711/09 que derivare de cheques rechazados por insuficiencia de fondos, siempre que el librador del cheque haya comunicado a su respectiva entidad bancaria el libramiento del o los cheques que generarían la sanción dentro de los 5 (cinco) días hábiles de la entrada en vigencia de la Ley 6809/2021. 

La comunicación del librador de los cheques debía especificar: 

(1) Actividad económica del librador (2) Número de cheque (3) Fecha de emisión del cheque y, en caso de cheque de pago diferido, la fecha de pago del mismo (4) Monto del cheque (5) Beneficiario del cheque 

La medida excepcional abarca el libramiento tanto de cheques a la vista como de cheques de pago diferido, siempre y cuando la fecha de pago no sea posterior al 31 de diciembre de 2021. 

Cabe resaltar que el plazo para la comunicación ha fenecido en fecha 15 de septiembre del 2.021. 

Para consultas pueden contactarse por medio de nuestros canales: CAC (021) 217-5000 WHATSAPP (0973) 217-500 U OFICIAL DE CUENTAS. 

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